RESOLUCIÓN SANITARIA
RESOLUCIÓN EXENTA N° 2413647583
FECHA: 10/01/2025
VISTOS: Estos antecedentes, la Solicitud de autorización Sanitaria de funcionamiento del LOCAL DE ELABORACION DE
ALIMENTOS , ubicado en SANTA SOFIA INTERIOR, RESTO PARCELA N 7 LONQUEN SN C/N , CALERA DE TANGO , REGIÓN
METROPOLITANA con ingreso en prestación N°2413647583 de fecha 19/12/2024, presentada a esta SEREMI de Salud
por BIO VIT SPA , RUT: 77580259-6, representada por Don(a) VALERIE ANDREA BRAVO CALDERÓN , RUT: 11504506-7 ,
ambos domiciliados(as) para estos efectos en SANTA SOFIA INTERIOR RESTO PARCELA 5A, CALERA DE TANGO , REGIÓN
METROPOLITANA
CONSIDERANDO, lo informado por funcionario(s) de esta Autoridad Sanitaria en el acta de inspección N°
2413647583/1 con fecha 08/01/2025
Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el Código Sanitario y sus reglamentos, aprobado por el D.F.L. Nº 725/67, del
Ministerio de Salud; el Reglamento Sanitario de los Alimentos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 977/96 del
Ministerio de Salud; y en uso de las facultades que me confiere el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005, que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley 2763/79 y Decreto Supremo N° 136/04 del Ministerio de
Salud, que aprobó el Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
1. AUTORIZASE el funcionamiento del LOCAL DE ELABORACION DE ALIMENTOS, ubicado en SANTA SOFIA INTERIOR,
RESTO PARCELA N 7, LONQUEN SN C/N , CALERA DE TANGO, REGIÓN METROPOLITANA, para el(los) siguiente(s) fin(es):
- ELABORAR ALIMENTOS PARA DEPORTISTAS
- ELABORAR INFUSIONES DE TE Y CAFE
- ELABORAR SUPLEMENTOS ALIMENTARIOS
- ELABORAR INFUSIONES DE YERBA MATE
2. TENGASE PRESENTE que la autorización contenida en el presente instrumento, considera las siguientes
características de la instalación, cuya modificación deberá contar con la Autorización de la Autoridad Sanitaria
correspondiente:
- SUPERFICIE TOTAL CONSTRUIDA (53 MT CUADRADOS)
3. DEJESE ESTABLECIDO que todo alimento que se elabore, procese, almacene, distribuya, comercialice, o transfiera,
y sus materias primas, deben provenir de establecimientos o instalaciones autorizadas por la Autoridad Sanitaria
competente, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
4. La presente resolución acredita el cumplimiento de los requisitos sanitarios de la instalación, para desarrollar el(los)
fin(es) indicados en numerales precedentes, en base a lo cual podrá optar a su patente de ELABORACION Y ENVASADO
DE SUPLEMENTOS ALIMENTARIOS,ALIMENTOS PARA DEPORTISTAS,TE,CAFE,YERBA MATE ante la Ilustre Municipalidad de
CALERA DE TANGO.
Para validar este documento ingrese a seremienlinea.minsal.cl, opción 'Ver Documento', número de Trámite 2413647583 Código de validación: 9Q34Q7
1 / 25. ADVIÉRTASE que, cualquier cambio en el dominio o dependencia del establecimiento, debe ser notificado a esta
autoridad sanitaria por quien sea responsable de ella en su funcionamiento, en un plazo no mayor a 90 días contado
desde la ocurrencia de dicho cambio, mediante la tramitación de una solicitud de cambio de razón social.
ANOTESE Y NOTIFIQUESE
ORDEN DEL SEREMI DE SALUD
REGIÓN METROPOLITANA
SEGUN RESOLUCIÓN N° 102 DEL 23 DE ENERO DE 2017
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